PNP recuerda a la población que incendios forestales son penados con pena privativa de libertad
Ante la cantidad de incendios forestales que vienen ocurriendo en La Convención, la Policía Nacional del Perú ha puesto en conocimiento mediante un comunicado oficial que se recuerda a la ciudadanía que ocasionar incendios forestales es un delito que se sanciona con pena privativa de libertad, de acuerdo con el código pena.
Mediante el artículo 310 de delitos contra los bosques o formaciones boscosas cuando, sin contar con permiso, licencia, autorización o concesión otorgada por autoridad competente, se destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques u otras formaciones boscosas, sean naturales o plantaciones. En este caso la sanción es de pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ochenta jornadas.
La Ciudadanía las autoridades nacionales, regionales y locales, tiene el deber constitucional de colaborar con la PNP en la protección del medio ambiente y sociedad en general.