Docentes que cometan hostigamiento sexual serán inhabilitados de forma permanente
El Pleno del Congreso aprobó este miércoles incorporar la sanción de inhabilitación permanente para ocupar cualquier otro cargo de las áreas de desempeño laboral docente, a los maestros que cometan hostigamiento sexual. El proyecto fue exonerado de segunda votación.
El texto fue aprobado con 93 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. De esta forma, la norma aprobada modifica la Ley de Reforma Magisterial (Ley N°29944) en el artículo 52 sobre casos de hostigamiento sexual a alumnos.
El citado artículo sancionaba al docente solo con la inhabilitación o impedimento de ejercer función docente durante cinco años y haber sido sancionado como consecuencia de la comisión de una falta grave en el ejercicio de su función pública o en su vida privada.
De esta forma, de acuerdo a lo aprobado este jueves, se agrega en el artículo 52:
«e) El docente destituido por conducta de hostigamiento sexual
conforme al inciso f) del artículo 49 de la Ley, queda inhabilitado
permanentemente para desempeñar cualquier cargo de las áreas de desempeño laboral docente».
En la sesión del Pleno del 11 de octubre de este año, fue aprobado, en primera votación por 87 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención, el texto sustitutorio presentado por Milagros Salazar, Presidenta de la Comisión de Educación.
Con fecha 30 de octubre de 2018, la congresista Salazar presentó un texto sustitutorio, aprobado este jueves en el Congreso.
Este texto sustitutorio del proyecto de ley será elevado al Ejecutivo para su observación o promulgación.
De acuerdo con la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, el artículo 4 refiere como concepto del hostigamiento sexual:
«El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante; o que puede afectar su actividad o situación laboral, docente, formativa o de cualquier otra índole».
Fuente: El Comercio